¿Recuerdas que ya te hablamos, en un primer post, sobre cómo se exporta el café? ¡Vamos allá con otros requisitos que deben aparecer a la hora de exportar café! ¿Nos acompañas a descubrirlos?
- «La lista de ingredientes, incluyendo los aditivos, a menos que la misma denominación del producto haga evidente de qué se trata. En caso de que haya sustancias que puedan causar reacciones alérgicas o intolerancias, deberá indicarse claramente su presencia».
- «El nombre o la razón social y la dirección del fabricante o del envasador, o de un vendedor establecido dentro de la UE».
- «El lugar de origen o de procedencia en los casos en que su omisión pudiera inducir a un error para al consumidor».
De esta forma, el cliente puede ser conocedor, al cien por cien, del origen del café que va a adquirir, entre otras cuestiones. Por último, existen ciertas normas específicas que regulan el etiquetado de las distintas variantes del café. De esta forma, se consigue diferenciar tipos de café como el extracto de café, el café soluble, el café instantáneo, el café descafeinado…
Por ejemplo, la denominación de «descafeinado» debe aparecer «si el contenido de cafeína anhidra no es superior en peso al 0,3 % de la materia seca procedente del café».